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¿Cómo afectan los ERTE a la próxima declaración de la renta?

Apenas quedan tres meses para que acabe el año y la declaración de renta está más cerca de lo que imaginamos y muchos de los que hasta ahora no tenían la obligación de declarar su renta deberán hacerlo en la campaña del IRPF de 2020. ¿Cómo afectan los ERTE a la próxima declaración de la renta?

En un año atípico, marcado por la pandemia del covid19 y los ERTE (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo) se han alterado las obligaciones tributarias y muchos de los ciudadanos hasta ahora exentos de presentar IRPF tendrán que hacerlo.

¿Qué cambios habrá?

Las prestaciones por ERTE

Si hemos estado cobrando de un ERTE a través del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ya sea total o parcial puede que cambien nuestras obligaciones fiscales.

Joan Pons, secretario de EFPA España y socio-director de ETL GLOBAL LINKS recuerda en primer lugar la consideración que tienen estas prestaciones a nivel tributario. Se trata, en todos los casos, de «rentas del trabajo».

«El complemento que satisface el SEPE te se califica como renta del trabajo»

Irene Rovira, profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC,

«Es muy importante recordar que estas prestaciones tributan. El único caso en que están exentas es cuando se capitaliza la prestación de paro».

Primer punto de atención

En la actualidad no es obligatorio presentar la declaración de la renta cuando nuestros ingresos se encuentran por debajo de los 22.000 euros brutos al año. La situación cambia cuando esas rentas del trabajo proceden de más de un pagador que haya pagado más de 1.500 euros. Cobrar una parte de nuestros ingresos a través del SEPE puede cambiar las obligaciones fiscales de todos aquellos ciudadanos que no superan los 22.000 euros brutos al año. Si se da ese caso, la cantidad de ingresos anuales en los que el contribuyente no está obligado a presentar declaración baja hasta los 14.000 euros.

Joan Pons,

«Dado que SEPE es una entidad diferente a la empresa en que trabaja el afectado por el ERTE, se considera que hay dos pagadores y ello puede tener un impacto fiscal importante.»

Retenciones del IRPF

Joan Pons,

«Con rentas por debajo de los 22.000 euros al año, al no estar obligado a declarar, si con las retenciones que te ha aplicado tu empresa te sale una declaración de renta a devolver, la presentas. Pero si te sale a pagar, no la presentos y no tienes que pagar ninguna cuota fiscal.»

«Habrá trabajador afectado por un ERTE que se encontrará con la desagradable sorpresa de que estará obligado a presentar la declaración, con cuota a pagar, cuando hasta ahora no tenía que presentarla.»

Segundo punto de atención: Las retenciones fiscales que se aplican a nuestros ingresos

Si nuestros pagadores nos están aplicando retenciones de IRPF demasiado bajas, nuestra declaración de renta nos saldrá a pagar. Por el contrario, si son la adecuadas o están por encima, la declaración de renta nos saldrá a devolver. Irene Rovira, de la UOC alerta que el SEPE no aplica retenciones del IRPF o si las aplica son muy bajas.

Joan Pons, calcula las retenciones practicadas con carácter general por el SEPE estarán entre el 0% y el 2% (exigida para los contratos de duración inferior al año), por debajo de lo que aplican las empresas, en general, con lo que el IRPF saldrá ‘a pagar’.

«La cuota a pagar puede ser en algunos casos de 1.000 euros».

¿Se puede hacer algo para evitar llegar a esa situación?

Irene Rovira,

«Recomendaría a todas estas personas que miren bien qué retención de IRPF les practicaba su empresa en las nóminas, que la comparen con la que les practica ahora el SEPE y, si esta última es más baja, que soliciten por escrito al SEPE que les suban la retención. Cuando hagan esto, deben tener en cuenta que la medida se aplicará hasta cinco días antes de que acabe el mes».

Joan Pons,

«Esta situación va a darse entre aquellos contribuyentes con salarios que vayan entre los 14.000 euros y los 22.000 euros, que son muchísimos, y habrá mucha gente que, cuando acuda a su asesor o gestor fiscal, se encontrará con la desagradable sorpresa de que la declaración de renta le sale a pagar».

Aparte, nuestro secretario se muestra escéptico ante la predisposición de los ciudadanos a solicitar un aumento de las retenciones, por la caída de los ingresos que conlleva una situación de ERTE y la baja cultura en materia de finanzas personales.

Legislar

Joan Pons,

«El Gobierno debería haber hecho caso a la propuesta de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) y aprobar, de forma transitoria,que  el límite de 1.500 euros por pagador (a partir del cual se está obligado a declarar IRPF si la suma supera los 14.000 euros) no se aplique cuando esta persona sea beneficiaria de subsidios de Covid-19».

«Pero todavía están a tiempo de hacerlo, porque la renta se devenga a 31 de diciembre de 2020 por lo que, hasta que llegue esa fecha, tienen los medios legales para hacerlo e incorporarlo. Con una medida así estarías beneficiando a los más perjudicados por la Covid-19».

Leer reportaje en el Diari de Tarragona.

JOAN PONS, SECRETARIO DE EFPA ESPAÑA, DESGRANA LAS CLAVES DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO.

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